“ATME” remite tres preguntas a través de la Secretaria Permanente del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS)

La Asociación de Tropa y Marinería Española “ATME” ha remitido tres preguntas a través de la Secretaria Permanente del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS)

Las citadas preguntas tratan sobre titulaciones de grado medio para el personal de tropa y marinería, limitaciones de carácter temporal sin ocasionar baja y convenios con asociaciones profesionales.

Solicitando información sobre sobre Orden ECD-2254-2015

Como ya expuso esta Asociación de Tropa y Marinería Española “ATME” en el último Pleno del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, celebrado el día 29 de junio, aprovechando la visita de una delegación de la citada asociación a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional del Gobierno de Aragón, se les preguntó si el Ministerio de Defensa había contactado con ellos de manera oficial en relación con la ”Orden ECD/2254/2015, de 15 de octubre, por la que se autoriza la impartición de determinados ciclos formativos de grado medio de formación profesional, modalidad presencial y a distancia, en centros docentes militares que ya imparten otras enseñanzas de formación profesional”, al estar autorizada la Academia de Logística de Calatayud (Zaragoza) a impartir varios ciclos formativos, respondiéndosenos que nada de manera oficial, solo algún comentario de manera informal.

Esta asociación, ya realizó una pregunta sobre la citada norma con fecha 2 febrero de 2016, siendo respondida con fecha 11 febrero del mismo año en el siguiente sentido:

“5. Una vez que ha sido autorizado por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes el impartir grados formativos de grado medio en las escuelas /academias contempladas en la Orden ECD/2254/2015, son necesarios todavía una serie de acciones por parte de aquel Ministerio, y en especial regular los distintos tipos de la formación profesional dual, como regulación normativa general, y autorizar que los alumnos de tropa y marinería que se matriculen en los distintos ciclos, puedan terminar los títulos en un periodo de tiempo mayor que los alumnos que no presten sus servicios en las Fuerzas Armadas.

6. En el caso de que el Ministerio de Educación regulase este tipo de enseñanza y ampliase el tiempo que actualmente está estipulado para finalizar los estudios, los Ejércitos y la Armada, en el caso de que así lo decidan, cursarán la solicitud del profesorado necesario en los actuales núcleos de formación profesional para impartir títulos en cualquiera de las modalidades autorizadas a la Dirección General de Enseñanza Militar, quien en función de las disponibilidades presupuestarias, podrá conveniar con las Comunidades Autónomas los apoyos necesarios.»

Es por ello, transcurrido cerca de 18 meses de la respuesta, que se solicita información sobre el actual momento en que se encuentra el tema y si se puede prever año en que podrán empezar a publicarse las convocatorias.

 

Solicitando información sobre limitaciones de carácter temporal sin ocasionar baja

La Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaria de Defensa, por la que se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar, establece en el punto 2. del apartado “Primero. Objeto y ámbito de aplicación”, lo siguiente:

“Las limitaciones de carácter temporal que impidan al militar realizar alguno de los cometidos o servicios propios de la Unidad, Centro u Organismo (UCO) en la que se encuentre destinado o en comisión de servicio, sin que suponga la falta de asistencia al puesto de trabajo ni ser causa suficiente para dar origen a una baja temporal para el servicio, no son objeto de esta instrucción y deberán tener su regulación específica en cada ejército y en las unidades dependientes del Órgano Central. 

A día de hoy, esta Asociación, solo tiene constancia de una norma referente a este tema, anterior incluso a la propia instrucción, la “Instrucción Técnica 08/10 Actuación de los servicios médicos ante supuestos que impidan la realización de los cometidos o servicios propios de la unidad o destino, sin ser causa suficiente para dar origen a una baja temporal para el servicio.”

 Se solicita información sobre si existe regulación por parte de los ejércitos y de las unidades dependientes del Órgano Central sobre este tema, una vez observado el desconocimiento que existe por parte del propio personal militar en relación a él. Se considera que este desconocimiento podría ocasionar diversos problemas, ya que al tratarse de cuestiones de salud de poca gravedad podrían tratarse de forma no confidencial o permitir realizarse algún cometido/servicio no recomendable ante su limitación física o psíquica temporal.

 

Solicitando información sobre convenios con asociaciones profesionales, etc

En la web oficial de SAPROMIL, vienen relacionados los convenios “Con asociaciones profesionales, etc”, en vigor actualmente:

  • Convenio de colaboración con la Confederación de Empresarios de Badajoz para facilitar la incorporación socio-laboral de militares que finalicen su compromiso en unidades del ET en la provincia de Badajoz.
  • Convenio de colaboración con la Confederación de Empresarios de Córdoba para facilitar la incorporación socio-laboral de militares que finalicen su compromiso en unidades del ET en la provincia de Córdoba.
  • Convenio de colaboración MINISDEF-AESMIDE para la realización de acciones conjuntas que favorezcan la incorporación al mundo laboral del personal militar.
  • Adenda al convenio de colaboración MINISDEF-AESMIDE para la realización de acciones conjuntas que favorezcan la incorporación al mundo laboral del personal militar.
  • Convenio de colaboración MINISDEF-TEDAE para la realización de acciones conjuntas que favorezcan la incorporación al mundo laboral del personal militar.
  • Convenio de colaboración MINISDEF-Club de Exportadores e Inversores Españoles, para la realización de acciones conjuntas que favorezcan la incorporación al mundo laboral del personal militar.

Si excluimos los dos primeros convenios, al haber sido firmados en el año en curso, podemos observar que todos ellos tienen comisiones mixtas, formadas por miembros de ambas partes, englobadas dentro de las cláusulas de control y seguimiento, con redacción de informes anuales (AESMIDE, Club de Exportadores e Inversores Españoles y TEDAE) o inclusos trimestrales (Adenda AESMIDE).

Desde el año 2014, esta Asociación, viene solicitando datos sobre acceso de Tropa y Marinería a un puesto de trabajo civil a través de convenios con empresas o entidades civiles, siendo la respuesta que “No se dispone de datos” o “No se tienen datos completos al respecto”.

Del cotejo de los convenios firmados, uno de ellos datado en el año 2000 con adenda del 2015, con los datos suministrados a esta Asociación a través de la Secretaria Permanente del COPERFAS, se solicita información sobre el nombramiento y funcionamiento de las comisiones mixtas que deben coordinar, vigilar y controlar el cumplimiento de los presentes convenios, así como si se están elaborando los informes periódicos.