EL CDE, una medida sancionadora encubierta para el personal de las Fuerzas Armadas

Una retribución aplicada como medida coercitiva para el personal “díscolo” o que no cumpla criterios estipulados por los jefes militares

Todos somos conocedores de la doble justicia que impera para militares y guardias civiles, un código penal militar y un régimen disciplinario que pueden llegar hasta privarles de su libertad por sanciones “leves” como puede ser llegar tarde un día al trabajo. Estas medidas de represión son solo las visibles pero desgraciadamente, los militares sufren otras mucho más cotidianas y a las que se une la indefensión jurídica al no poder recurrirlas ante ningún órgano competente que pueda darles la razón.

Los famosos informes personales de calificación (IPEC,s), al que deben someterse anualmente todos los militares, pueden acarrearte muchos problemas si es negativo en el caso de si son militares de carrera pero en el caso de la Escala de Tropa y Marinería, si son temporales, puede llevarles incluso a la calle.

Pero esto no se queda aquí, tenemos que sumarle una parte importante de las retribuciones del personal militar, el llamado “complemento de dedicación especial” CDE. Este complemento que en principio está para compensar una serie de trabajos que requieran mayor dedicación o fatiga, prolongaciones de horario. Era reconocido en las unidades de la fuerza como un medio de compensar la dureza de las unidades operativas, sus maniobras, continuadas y un sin fin de actividades a las que estas unidades se ven sometidas. Pero la crisis económica hizo mella, ya no había complementos para todos y lo que se decidió fue quitar a esas unidades operativas parte de la cuantía presupuestaria aunque sí la han mantenido en otros destinos, por así decirlo, “mucho más cómodos”.

La crisis ha generado para nuestra escala el comienzo de una etapa oscura, en la que los mandos son conscientes de la falta de trabajo en la vida civil y, por tanto,  saben que pueden apretar mucho más, llegando al chantaje colectivo dentro de las unidades con los complementos de dedicación especial. Este complemento lo otorga el jefe de la unidad, únicamente bajo su criterio personal y siguiendo unas mínimas indicaciones que le dicta el mando de personal como es cumplir unos porcentajes mínimos por empleos. El Jefe de Unidad  tiene un poder absoluto e irrecurrible, ya que la norma le otorga este poder. Pongamos como ejemplo la situación de los militares de Navarra, donde este complemento puede llegar a ser del 30%. La reducción en el sueldo es más que considerable.

ATME es conocedora de los abusos indiscriminados que sufre nuestra escala, al quitar el complemento por permisos de lactancia, bajas médicas en acto de servicio o cualquier motivo que el mando estime que tiene que ser merecedor de castigo, como pertenecer a una asociación y ser un miembro destacado de la misma.

Son miles los militares que sufren esta disciplina encubierta y solamente la solvencia económica personal es la que hace que te rindas ante los abusos o claudiques por una necesidad de sostener a tu familia.

¿Cómo se puede luchar contra un criterio que es absolutista y que legalmente no se puede recurrir? Es tan fácil de aplicar como excusarlo en un bajo rendimiento o, ni siquiera eso, ya que nadie les dice nada ni se les puede pedir explicaciones y transparencia en sus concesiones.

Nos preguntamos cuantas medidas coercitivas tienen que soportar las personas que trabajan en las Fuerzas Armadas, que clase de servidores públicos tenemos, si deben sufrir las constantes amenazas de privación de libertad, pérdida salarial e incluso la perdida de tu trabajo con una indefensión jurídica absoluta.

1 respuesta

  1. Nerea dice:

    Y que no se olvide que ese complemento antiguamente tenía otro nombre, como complemento de destino, en el país vasco por ejemplo y ahora como se llama dedicación especial lo pueden quitar cuando ellos quieren, es penoso…